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dc.contributor.authorEsteinou Madrid, Francisco Javier
dc.date.accessioned2022-04-05T00:25:01Z
dc.date.available2022-04-05T00:25:01Z
dc.date.issued2022-02
dc.identifier.issn1665-8698
dc.identifier.urihttp://bibliotecadigitalconeicc.iteso.mx/handle/123456789/6962
dc.description.abstractPese a que el 8 de septiembre de 2021 la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación le exigió al Poder Legislativo que antes de concluir el periodo ordinario de la LXV Legislatura (15 de diciembre pasado) elaborara una nueva “Ley General de Comunicación Social”, que subsanara suficientemente las obligaciones relativas a la distribución de la publicidad gubernamental establecidas en el artículo 3° transitorio de la Reforma Constitucional de las Telecomunicaciones y la Radiodifusión (febrero 10, 2014) que afectan la libertad de expresión y el derecho a la información, el Congreso de la Unión no cumplió con esa obligación.es_MX
dc.language.isoeses_MX
dc.publisherProyectos Alternativos de Comunicaciónes_MX
dc.relation.ispartofseriesRevista Zócalo;No. 264
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 España*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/es/*
dc.subjectMedios de comunicaciónes_MX
dc.subjectLey General de Comunicación Sociales_MX
dc.subjectReforma Constitucional de las Telecomunicaciones y la Radiodifusiónes_MX
dc.subjectCuarta Transformaciónes_MX
dc.subjectPublicidad oficiales_MX
dc.titleLa regulación de la publicidad; el Poder Legislativo “Chayotero”es_MX
dc.typeArticlees_MX


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