Democracia, derecho de réplica y reforma constitucional de las telecomunicaciones en México
Abstract
A lo largo de la extensa discusión histórica sobre la reglamentación del Derecho a la Información en México, diversos sectores democráticamente avanzados en nuestro país, formularon la necesidad de establecer el Derecho de Réplica en el ejercicio informativo de los medios de difusión electrónicos. Sin embargo, no obstante la abundancia de dichas solicitudes ciudadanas y de iniciativas presentadas en el Congreso de la Unión, la inclusión del Derecho de Réplica en el nuevo Reglamento de Radio y Televisión del año 2002, fue sumamente pobre, limitado, caprichoso y confuso, y por consiguiente, se convirtió en un seudo derecho difícilmente aplicable con rigor contundente por los ciudadanos; y en caso de no cumplirse, no contó con sanciones jurídicas de respaldo que le dieran su carácter de ley incuestionable para ser acatada. De aquí, la importancia central de efectuar un profundo cambio en materia de comunicación y cultura colectiva que permita, que a través de la “Reforma Constitucional de las Telecomunicaciones y la Radiodifusión” y sus leyes secundarias respectivas, se introduzca en la normatividad de la radiodifusión nacional un verdadero Derecho de Réplica que sirva de instrumento de defensa de las garantías comunicativas de los auditorios.
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